En concreto, la sentencia del juez del Juzgado Segundo de Distrito en materia Administrativa Especializada en Competencia Económica, Juan Pablo Gómez Fierro, ha concedido la suspensión «para el efecto que se suspendan todas las consecuencias derivadas del Decreto por el que se reforma el texto original del artículo décimo tercero transitorio de la Ley de Hidrocarburos».
«Debe precisarse que los efectos de esta medida cautelar, a pesar de que se solicitó solamente por una empresa que es titular de un permiso que la faculta para realizar una actividad regulada dentro del sector d hidrocarburos, debe tener efectos generales», recoge el documento consultado por “El Financiero”.
La reforma partía de la base de que había logrado una mayor participación de agentes económicos que propicien «el desarrollo eficiente y competitivo de los mercados». De este modo, decidió dejar sin efectos la facultad otorgada a la Comisión Reguladora de Energía para sujetar a principios de regulación asimétrica las ventas de primera mano de hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos, así como la comercialización que realice la empresa o sus filiales.
Así, la petrolera estatal dejaba de estar ceñida a criterios como la publicación de sus tarifas de servicios, la no exclusividad en la venta de productos o mostrar información pública relacionada con descuentos y los criterios para acceder a ellos con el fin de que no se otorgaran de manera discriminatoria.
El juez Gómez Fierro ha explicado que el restablecimiento provisional de la regulación a Pemex impactará necesariamente en todos los participantes del mercado de hidrocarburos, petroquímicos y petrolíferos.
Asimismo, ha designado a la Comisión Reguladora de Energía (CRE) como autoridad responsable de informar a la población de que durante la vigencia de la cautelar se suspenden los efectos y consecuencias derivados del Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Hidrocarburos. (Europa Press)