La audiencia virtual de medidas cautelares, que debía realizarse ayer por el caso denominado golpe de Estado I, fue postergada para las 11:30 horas del miércoles 30 de agosto de 2023, por ausencia del secretario de Juzgado Primero Anticorrupción. El Ministerio Público pide la ampliación de la detención preventiva, por un plazo de tres meses, para la expresidenta Jeanine Añez, exjefes militares y exministros.
En este caso, Añez y las exautoridades fueron imputadas por los delitos de sedición, conspiración y terrorismo, por este extremo se encuentran privados de libertad desde marzo de 2021.
El Código de Procedimiento Penal establece que la detención preventiva tiene un máximo de duración de 12 meses; sin embargo, la exmandataria y las otras exautoridades, se encuentran más de dos años en diferentes recintos carcelarios.
El memorial que presentó el fiscal Omar Mejillones, solicitando la ampliación de la detención preventiva de las exautoridades señala la necesidad de la medida extrema por la concurrencia de riesgos procesales de fuga y/o obstaculización del proceso.
Mejillones fundamenta la ampliación debido a que la investigación es compleja, no solo por el número de personas investigadas sino porque muchos de los actos a desarrollar no solamente involucran al departamento de La Paz, sino a Cochabamba, Santa Cruz, Potosí y otros.
Asegura que es necesario realizar actos como el registro de lugar del hecho y la misma Inspección Técnica Ocular y reconstrucción, si fuera el caso, por ejemplo, del motín policial, extremo que – dice – dificulta la acumulación de pruebas con el fin de conocer cómo se desarrollaron los hechos en los meses de octubre y noviembre de 2019.
Mejillones busca mantener encarcelados a al almirante Flavio Arce San Martin, a los exministros, Álvaro Coímbra, Rodrigo Guzmán; la expresidenta, Jeanine Añez, y el excomandante del Ejército Jorge Mendieta.
ARCE SAN MARTIN
En el caso de Arce San Martin, Mejillones señala como actos pendientes a realizar: “1). La Inspección Tenca Ocular en el Alto Mando Militar. 2) La pericia de triangulación de llamadas. 3). Inspecciones técnicas oculares y/o registros en las Utops, las cuales se encuentran en diferentes ciudades del país. 4). La declaración informativa policial de los imputados declarados rebeldes William Carlos Kaliman Romero, Yuri Caderón Mariscal, Jorge Elmer Fernández Toranzo y Carlos Orellana Centellas. 5. La realización de una cooperación internacional para notificar a Arturo Murillo Prijic. 6) La declaración de los imputados Fernando Camacho y José Luis Camacho. 7). La declaración de 20 testigos propuestos por las víctimas”.
EXAUTORIDADES
En relación al exministros Álvaro Coímbra, Rodrigo Guzmán y la expresidenta Jeanine Añez está pendiente: “a). Recepción de las declaraciones de: Arturo Carlos Murillo Prijic, Yerko Martin Núñez Negrete, Luis Fernando López Julio, Luis Fernando Camacho, José Luis Camacho, entorno de confianza de Jeanine Añez Chávez así como exgenerales del Estado Mayor de las Fuerzas Armadas (FFAA), es el caso del excomandante General de las FFAA, William Kaliman Romero, excomandante general de la Policía, Yuri Calderón, y los generales Palmiro Gonzalo Jarjuri Rada, Jorge Gonzalo Terceros Lara, Jorge Pastor Mendieta Ferrufino, Jorge Elmer Fernández Toranzo y otros. b). La realización de pericias de informática forense a los distintos CDs que se adjuntaron por las partes y vía requerimientos. c) Búsquedas de diferentes notas e información en redes sociales por medio de la Unidad de Cyber crimen, así como sus desdoblamientos. d). Registros y/o inspecciones técnicas oculares en las zonas donde se causó zozobra y destrucción. e). Triangulación de llamadas. Identificación de testigos”, señala el memorial.
EXCOMANDANTE
DEL EJÉRCITO
En relación al excomandante del Ejército, Jorge Pastor Mendieta Ferrufino; refiere que faltan declaraciones de Arturo Murillo, José Luis Camacho, Luis Fernando Camacho así como de los declarados rebeldes Williams Carlos Kaliman Romero y otros, además de registros y/o inspecciones técnicas oculares, principalmente donde se produjo el amotinamiento policial.
ADVIERTEN ABUSO
Las resoluciones que instruyen la medida extrema de la detención preventiva “con fines políticos”, contra los procesados en los casos como el supuesto “golpe de Estado I” de 2019, servirán como base para el inicio de demandas internacionales, que además de generar un daño económico al Estado, podrían terminar con el encarcelamiento de jueces, vocales y fiscales, según los abogados que patrocinan a los imputados.
Eusebio Vera, abogado del general Jorge Terceros, excomandante de la Fuerza Aérea Boliviana (FAB) y del almirante Gonzalo Jarjuri, excomandante de la Armada, señaló que, al momento de emitir las resoluciones de detención preventiva y la ampliación de las mismas, sin fundamento legal, los operadores de justicia incurren en diferentes delitos y faltas administrativas.
Señalan a jueces y fiscales por obedecer instrucciones políticas que vienen desde el Gobierno. Tanto los representantes de la Fiscalía, la Procuraduría General, el Ministerio de Justicia se han negado a responder a los medios de comunicación por estas denuncias. Sin embargo, la defensa de los procesados afirma que los operadores de justicia incurren en al menos cuatro los delitos, como el prevaricato, resoluciones contrarias a la ley, incumplimiento de deberes y uso indebido de influencias.
DELITOS
“Los operadores de justicias tendrían que ser pasibles tanto a procesos administrativos como penales. Mínimamente existe un incumplimiento de deberes, pero más allá de eso, cuando el fiscal o juez se vuelve sumiso al poder del Órgano Ejecutivo, eso constituye un uso indebido de influencias, porque existe un poder paralelo a ellos que les ordena realizar ciertos actos jurisdiccionales, en el caso de los jueces e investigativos, en el caso de los fiscales”, sostuvo Vera.
El jurista explicó que existen diferentes instancias para presentar las denuncias por las resoluciones que, en su criterio, se emitieron de forma ilegal en este caso. En la vía administrativa se constituyen en faltas disciplinarias graves y gravísimas que pueden generar su destitución e inhabilitación para el ejercicio de cargos públicos.
“El hecho de formular imputaciones a sabiendas de que no existe una base objetiva o que la denuncia viola derechos constitucionales, significa una falta muy grave que está sancionada en la Ley Orgánica del Ministerio Público”, manifestó Vera.
Según la defensa de la expresidenta Añez; el gobernador de Santa Cruz y los jefes militares detenidos por el caso de supuesto golpe de Estado, no existe base legal para procesarlos, debido a que, en noviembre de 2019, se generó un vacío de poder instruido por la cúpula del partido de Gobierno, MAS y el entonces presidente Evo Morales. Es más, Añez sostiene que, en otro proceso, como el “caso Sacaba”, ella debe comparecer ante un juicio de responsabilidades y no así en un proceso ordinario.
NO PRESENTARON
DENUNCIAS
Javier Peñaloza, abogado del excomandante de Ejército, Pastor Mendieta, señala que no presentaron denuncias contra los vocales, jueces y fiscales, debido a una estrategia jurídica, que consiste en agotar todas las instancias legales, para luego pasar a una denuncia internacional ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). Una de las vulneraciones más recurrentes han sido las ampliaciones a la detención preventiva de los procesados.
“Si bien el juez de la causa ha ampliado en ocho oportunidades las detenciones preventivas, a pedido de la Fiscalía, nosotros hemos apelado esas resoluciones y en las salas penales (instancia superior) han confirmado esas resoluciones”, apuntó Peñaloza. (EL DIARIO y Solo Derecho).