Personal de la Brigada Antinarcóticos y Contra el Crimen Organizado de la Policía de Investigación (PDI) de Chile y la Unidad de Análisis Criminal de la Fiscalía de Arica, reportó la aprehensión de tres sujetos, entre ellos un boliviano, tras interceptar la mayor incautación de acetona irregular en Chile, más de 10.000 litros que estarían destinados a Bolivia para la fabricación de clorhidrato de cocaína.
Detectives de la Brigada Antinarcóticos y Contra el Crimen Organizado de la PDI de Arica detuvieron a los miembros de una estructura criminal dedicada al contrabando de precursores químicos para la elaboración de drogas, dos de ellos de nacionalidad chilena. En el operativo se incautó además cinco plantas de cannabis sativa (marihuana en estado natural).
El trabajo investigativo de esta brigada especializada, en conjunto con la Unidad de Análisis Criminal y Focos Investigativos de la Fiscalía de Arica, permitió interceptar un cargamento de 46 tambores contenedores de casi 10.000 litros de acetona de procedencia irregular, sustancia utilizada como precursor químico en la elaboración de clorhidrato de cocaína.
“Se investigó a una organización criminal dedicada a la adquisición de importantes cantidades de precursores químicos en la ciudad de Santiago, las que posteriormente eran trasladadas vía terrestre hasta la ciudad de Arica, donde era acopiada y posteriormente desviada hacia Bolivia para la fabricación de cocaína”, explicó el subprefecto chileno, José Vergara.
La indagatoria estableció que los imputados utilizaban una empresa de fachada de compra y venta de repuestos automotrices en Arica, para adquirir legalmente grandes cantidades de acetona en Santiago, la que luego era trasladada hasta Arica.
En este caso particular los imputados compraron los insumos por un valor de $21.315.875 de pesos chilenos, para la fabricación de aproximadamente 650 kilos de clorhidrato de cocaína, refleja una nota del medio chileno El Mostrador.
La Fiscalía Local de Arica imputó formalmente a los sujetos por los delitos de desvío de precursores (Artículo 2 de la Ley 20.000) y lavado de activos, según indica la legislación chilena.