Yacuiba (El Chaco Informa).- El teniente Gonzalo Ojeda expresó que a partir de la promulgación de la Ley 449 (Ley de Bomberos) y su reglamentación en actual vigencia, además de la Ley 16998 (Ley General de Higiene y Seguridad Ocupacional y Bienestar) que son de cumplimiento obligatorio, el Comando de Bomberos debería tener en su archivo el plan de emergencia de todos aquellos lugares que albergan personas, tal es el caso de hoteles, mercados, unidades educativas, centros de salud, discotecas, empresas y otros, con la finalidad de conocer todo lo necesario y referente ante una eventual emergencia.