La Segunda Sala del máximo tribunal condenó, con un fallo unánime, a César Manríquez Bravo, Pedro Octavio Espinoza Bravo, Miguel Krassnoff Martchenko y Raúl Eduardo Iturriaga Neumann a 10 años de cárcel, en calidad de autores del delito y al resto de los condenados a otros 10 años de prisión en calidad de coautores.
En la sentencia, el Supremo estableció error de derecho en la sentencia recurrida, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, al absolver a 25 acusados y al considerar que la participación de Paz Bustamante y Fuentes Torres en los hechos, lo fue en calidad de cómplices.
“Respecto a las características de estos delitos, la doctrina señaló que el sujeto activo comprende tanto a los funcionarios estatales (con independencia de su jerarquía o cargo), como a los miembros de una organización; pueden cometerse en tiempo de guerra o de paz; no es necesario que exista orden expresa de la autoridad política para perpetrarlo”, explica el fallo de la instancia chilena.
Pedro Enrique Poblete Córdova fue detenido el 19 de julio de 1974 e ingresado al centro de detención clandestino de Londres 38. Más tarde, el nombre de Poblete Córdova apareció entre 119 víctimas de la denominada Operación Colombo, llevada a cabo por la represión del régimen de facto en 1974, a un año del Golpe de Estado del 11 de septiembre de 1973. (Europa Press).