Un fallo judicial reciente del Juzgado Agroambiental de Roboré ha sentado un importante precedente en la defensa legal de los derechos ambientales en Bolivia. La resolución, emitida el 13 de noviembre de 2024, ordena la remoción de una construcción ilegal en el río San Lorenzo que estaba causando un daño significativo al ecosistema del área circundante y a las Comunidades de la TCO Turubó – Este.
Aseguran que se dará cumplimiento a dicha resolución judicial en coordinación con las Fuerzas Armadas y el Gobierno Autónomo Municipal de San José de Chiquitos, en el departamento de Santa Cruz.
El caso, que involucra la construcción de una estructura (identificada como P3) que obstruía el flujo natural del río, destaca la importancia crucial del principio precautorio en la legislación ambiental boliviana, según los defensores del medio ambiente.
“El juez, al basar su decisión en ese principio, ha demostrado que la falta de certeza científica absoluta no debe ser una barrera para la adopción de medidas protectoras del medio ambiente cuando existe un riesgo potencial de daño grave o irreversible”, acotan.
El fallo se fundamenta en las disposiciones de la Constitución Política del Estado, la Ley 071 (Derechos de la Madre Tierra), la Ley 300 (Madre Tierra y Desarrollo Integral para Vivir Bien), y el Acuerdo de Escazú.
El fallo ordena no sólo la restitución del cauce del río, sino también la participación activa de las Fuerzas Armadas, comunidades indígenas (TCO – Turubó Este), y Gobiernos Municipales y Departamentales en la supervisión y monitoreo del área para prevenir futuras acciones similares.
La decisión registra un antecedente para proteger el medio ambiente y la biodiversidad, que está siendo afectada por operaciones minerales ilegales y empresas que no respetan las normas bolivianas.