“El proceso no está siguiendo como debería ser, por tanta injusticia mi hermano ha tomado esa decisión, no está recibiendo visitas, medicamentos y no está recibiendo alimentación desde anoche (miércoles) (…). Él está muy mal, hasta ahora no ha recibido ni una sola fisioterapia por lo tanto no tiene movimiento en su cuerpo (…). Yo creo que esto va a afectar su salud pero es el único recurso que hemos visto, tal vez la familia nos vamos a acoplar”, dijo.
A través de un fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos recomienda al Estado boliviano proteger la vida del dirigente cocalero, extremo que aún no se cumple.
“Pese a que el Estado boliviano ya ha sido notificado con este fallo que favorece a César Apaza, aún persisten los actos de vulneración en contra de César Apaza porque no se le otorga la posibilidad de que él pueda defenderse en libertad. César Apaza no está pidiendo que la investigación se cierre, solamente está pidiendo que se le pueda dar la posibilidad de tener libertad a efectos de que se le pueda brindar la asistencia médica, ya que Régimen Penitenciario, a lo largo de estos 11 meses, no le ha brindado la atención médica (…) en esas circunstancias es que se ha instado desde la Corte IDH que el Estado boliviano proteja los derechos de César Apaza (…)”, dijo la abogada Evelin Cossío que patrocina al líder cocalero, en entrevista con Unitel.
En mayo de 2023, la Defensoría del Pueblo, a través de un informe estableció que Apaza sufrió “trato cruel y degradante” durante su aprehensión, la madrugada del 22 de septiembre de 2022. En ese marco, solicitó que el fiscal del caso, Carmelo Laura Yujra, sea procesado debido a su presunta negligencia al no investigar las denuncias de tortura por parte del dirigente cocalero.
“Los malos tratos de los que fue víctima César Apaza podrían configurar tortura si la investigación, en especial la aplicación del Protocolo de Estambul y pericias psicológicas, aportan mayores elementos para la calificación de la gravedad o severidad, según las circunstancias subjetivas y objetivas que la jurisprudencia internacional ha determinado”, señala el documento.