“Los vocales de la Sala Constitucional Cuarta de La Paz determinaron que solo YPFB tiene el derecho a ejercer en la cadena de hidrocarburos y área de comercialización de los mismos. Consideramos que desde un análisis que realice cualquier experto en derecho, solo se puede arribar a la conclusión que por el mandato expreso de la Constitución Política del Estado que deviene del referéndum del 2004, el pueblo ha decidido que se recuperen los hidrocarburos y YPFB sea quien los maneje. Todo esto se ha puesto en relieve y los magistrados tomaron en cuenta y coincidieron con nuestro criterio”, explicó Daniel Aguilar, abogado de la estatal petrolera.
En 2019, la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH) identificó que el servicio que prestaba Emtagas en el Chaco y en Tarija era ineficiente. “Esas inspecciones nos han motivado a que pidamos una licencia. A finales de 2020, el ministro de facto Victor Hugo Zamora, mediante una resolución ministerial, nos revocó la licencia. En 2020 planteamos una demanda en Sucre, ante el Tribunal Supremo de Justicia, pidiendo que se deje sin efecto la revocatoria”, agregó.
En enero de 2022, el Tribunal Supremo de Justicia emitió una sentencia en la cual señalaba que la resolución tomada por Zamora era válida ya que YPFB contaba con acciones mínimas en Emtagas.
“Es decir daba casi lo mismo quién opere allá. Eso es un error que no podíamos aceptar, ni convalidar, ni admitir por ello hemos recorrido a la justicia constitucional”, agregó el jurista.
YPFB celebró la tutela otorgada por la Sala Constitucional Cuarta de la ciudad de La Paz y expresa su firme compromiso de cumplir y hacer cumplir el mandato constitucional y la decisión del pueblo boliviano para continuar con las actividades de la cadena productiva de hidrocarburos y su comercialización para mejorar la calidad de vida de las familias bolivianas.