El artículo 5 del proyecto de Ley 249 establece cuatro obligaciones para los comerciantes del país. En contradicción con lo estipulado en la norma, el ministro de Economía, Marcelo Montenegro, aseguró que el contenido de la norma no representa «ningún tipo de persecución, ni amedrentamiento tributario, ni sanción» que atente contra la actividad económica de los gremiales.
La dirigencia nacional de los gremiales, a la cabeza de Francisco Figueroa, rechazó que la norma insista a su sector a someterse al actual sistema tributario porque tiene un carácter bastante perseguidor y abusivo.
Por ello, anunciaron una propuesta de ley para modificar el código tributario en algunas disposiciones, como por ejemplo: disminución del Impuesto al Valor Agregado (IVA), del 13 % al 10 %; reducción de cinco años a la prescripción del periodo de fiscalización que actualmente son ocho años; cambio de la Unidad de Fomento a la Vivienda (UFV) a pesos bolivianos como valor en las multas impositivas.
Respecto a los supuestos beneficios para el sector, los artículos 7, 8, 9 y 10 repiten lo que ya está estipulado en otras normas vigentes y cuyo alcance es general para cualquier ciudadano, como por ejemplo: que todos pueden acceder a créditos del sistema financiero; acceso al programa de viviendas; aportes, de forma independiente, para una renta por vejez; y, acceso a la salud mediante el Sistema Único de Salud Universal y Gratuito.
Mientras Montenegro señaló que el citado Proyecto de Ley fue trabajado por el Gobierno nacional en consenso con el Sector Gremial, el cual aportó a su contenido y lo respaldó plenamente. ANF y EL DIARIO